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Comité de Directores de Área Curricular

Funcionará en la Facultad un Comité de Directores(as) de Área Curricular, asesor del Consejo de Facultad, cuyas funciones son:

Recomendar políticas, planes de desarrollo, planes de acción, programas y proyectos, relacionados con el desarrollo y evaluación de los programas curriculares. Velar por la articulación entre los programas curriculares, y de estos, con los programas y proyectos de las Unidades Académicas Básicas de la Facultad. Coordinar las actividades conducentes a la acreditación de los programas y los planes de mejoramiento derivados de las mismas

El comité estará compuesto por:

El Vicedecano(a) Académico, quien lo preside
Los Directores(as) de las Áreas Curriculares
El Director(a) de Bienestar


Comités Asesores de Programas Curriculares

Cada Programa Curricular de Pregrado tendrá un Comité Asesor integrado por miembros del personal académico, estudiantes y egresados del respectivo Programa, los cuales serán designados de acuerdo con la reglamentación que expida el Consejo de Facultad. Los programas de postgrado de las áreas definidas por el Consejo Superior Universitario, tendrán un Comité Asesor conformado por miembros del personal académico, estudiantes y egresados de programas de la respectiva área, designados de acuerdo con la reglamentación que expida el Consejo de Facultad.


Comité de Directores de Unidad Académica Básica

Funcionará con carácter permanente un Comité de Directores(as) de Unidad Académica Básica como cuerpo colegiado asesor del Consejo de Facultad. Las funciones y reglamentación del funcionamiento de este comité serán establecidas por el Consejo de Facultad. En todo caso, deberán estar acordes con la naturaleza de las Unidades Académicas Básicas.

El comité estará compuesto por:

El Decano(a), quien lo presidirá.
El Vicedecano(a) de Investigación y Extensión, quien lo presidirá en ausencia del Decano(a)
El suplente del profesor(a) miembro del Consejo de Facultad elegido por el personal docente de carrera.
Los Directores(as) de las Unidades Académicas Básicas
Actuará como secretario, el Secretario(a) de la Facultad.


Comité de Investigación y Extensión

El Comité de Investigación y Extensión es una instancia consultiva y de asesoría de la Decanatura y del Consejo de Facultad, con el propósito de implementar planes en materia de investigación y extensión y hacer gestión sobre los mismos, conforme a las políticas de la reglamentación del Sistema de Investigación y del acuerdo 036 de 2009 del Consejo Superior Universitario o las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.


Comité Editorial

El Comité editorial es un órgano colegiado, encargado de establecer y regular los procedimientos para registro, dictamen, selección, edición, impresión, difusión, promoción, almacenamiento, distribución, y comercialización de sus publicaciones, siguiendo los lineamientos generales que sobre el asunto define la Universidad

Comité para la Resolución de Conflictos y Aspectos Disciplinarios

De conformidad con el Artículo 37 del Acuerdo 044 de 2009 del Consejo Superior Universitario o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, es la autoridad universitaria a nivel de Facultad encargada de adelantar la investigación pertinente por solicitud del Consejo de Facultad, así como de propender por la conciliación y el tratamiento pedagógico en la Resolución de conflictos.

El comité estará compuesto por:

El Director de Bienestar de la Facultad o quien haga sus veces, quien lo convocará y lo presidirá.
Un(a) estudiante de pregrado elegido por votación directa de los estudiantes de pregrado de la Facultad.
Un(a) estudiante de postgrado elegido por votación directa de los estudiantes de pregrado de la Facultad.
Un profesor designado por el Consejo de Facultad, a partir de ternas propuestas por las Unidades Básicas que conforman cada Facultad.
Un(a) asesor jurídico designado o avalado por la Oficina Jurídica de la Sede o quien haga sus veces.

Comité Asesor de Bienestar Universitario

Instancia que propone, apoya y asesora al Consejo de Facultad y al director(a) de Bienestar, en la implementación de los programas y proyectos de Bienestar Universitario en consonancia con las políticas definidas por el Consejo Superior Universitario y los programas aprobados por el Consejo de Bienestar Universitario.

El comité estará compuesto por:

El Director de Bienestar de la Facultad o quien haga sus veces, quien lo convocará y lo presidirá.
Un(a) representante de los estudiantes, elegido entre los representantes estudiantiles de la Facultad, pendiente designación
El representante del personal administrativo,
El(la) suplente del representante profesoral al Consejo de Facultad.