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Facultad de Ciencias Humanas y Económicas



Circular 03-2022


Para: profesores y profesores de la Facultad de Ciencias Humanas y Económicas
Fecha: 8 de septiembre de 2022
Asunto: solicitudes de Periodo Sabático


Apreciados profesores:


El Consejo de Facultad, en sesión del 5 de septiembre, acta 16 informa al personal académico de planta que, con el propósito de evaluar las solicitudes y proyecto académico para disfrute de Período Sabático, estas serán recibidas en la Secretaría de la Facultad con plazo hasta el 15 de octubre de 2022.

Es importante aclarar que esta circular aplica solo para el disfrute del Periodo Sabático entre los semestres 2023-1 y 2023-2, excepto para el Departamento de Estudios Filosóficos y Culturales; para este Departamento solo se estudiarán las solicitudes de semestre sabático para el periodo académico 2023-2S, pues actualmente una docente se encuentra en disfrute de su año sabático.

Para la aprobación de la solicitud se dará prioridad a quienes nunca se les haya aprobado su Periodo Sabático y a quienes hayan obtenido primero el derecho a disfrutarlo.

En cada Unidad Académica Básica podrán disfrutar simultáneamente del Período Sabático a lo sumo el 10% de sus profesores / profesoras (Parágrafo 3, Artículo 29 del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario).

El director o la directora del Departamento al que pertenezcan los y las docentes debe adjuntar una comunicación en la que avala la solicitud y certifica la disponibilidad de los recursos docentes para asumir los cursos a cargo del profesor o profesora que solicita el período sabático con personal docente de planta.

Los profesores y profesoras interesados en hacer uso del derecho al Período Sabático deben presentar, a la Dirección del departamento respectivo, su solicitud, acompañada de un proyecto académico, acordado con el director o la directora de Departamento, para ser desarrollado; este deberá comprometer la entrega de productos académicos que contribuyan al mejoramiento del desempeño y del nivel académico del profesor / profesora, y estará sujeto a la aprobación del Consejo de Facultad.

El profesor / profesora al momento de presentar la solicitud, deberá tener el tiempo cumplido para acceder al uso del período sabático.

La Decanatura de la Facultad definirá los nombres de los profesores y profesoras que disfrutarán del Período Sabático y establecerá en cada caso la fecha de inicio, la cual debe coincidir con la iniciación de un período académico semestral de acuerdo con las necesidades de la Facultad.

Al momento de su reintegro a las actividades académicas, el profesor / profesora deberá hacer entrega al director o la directora de la Unidad Académica Básica del informe que acredite el desarrollo y resultados específicos del proyecto académico que le fue aprobado por el Consejo de Facultad.

El informe entregado al director o la directora de la Unidad Académica Básica, hará parte de la evaluación anual e integral del profesor / profesora.

Cualquier modificación sustantiva del Plan de Actividades deberá ser expresamente aprobada por el Consejo de Facultad, previa solicitud del profesor / profesora interesado.

Para lo anterior se debe tener en cuenta el artículo 29 del Acuerdo 123 de 2013 que puede consultar en este enlace http://www.legal.unal.edu.co/rlunal/home/doc.jsp?d_i=59607.


Cordialmente,


Johanna Vásquez Velásquez             Diana Marcela Alzate Ruiz

Decana                                         Secretaria